Términos y Condiciones

TÉRMINOS Y CONDICIONES

CONDICIONES GENERALES DEL ALQUILER

Por el presente Contrato, el Arrendador, Mirabras, S.L. con CIF B-29781937 y domicilio social en Avda. Luis Braille, 22, San Pedro Alcántara, Marbella, alquila el vehículo descrito en el anverso al Arrendatario firmante (en adelante el Cliente) que declara haber leído y estar conforme con todos los términos y condiciones del mismo y se obliga a cumplirlos. En consideración al cual pactan y convienen:

1. OBJETO DEL CONTRATO

El Vehículo es propiedad del Arrendador y es entregado al Cliente limpio y en condiciones adecuadas de funcionamiento y conservación, con los daños, nivel del depósito de combustible y equipamiento auxiliar especificados en el anverso.

2. DURACION DEL CONTRATO

Aparece especificado en el anverso, detallándose fecha, hora y lugar de devolución del vehículo. Se ofrece un periodo de cortesía de 60 minutos, transcurridos los cuales se facturará un día completo de alquiler más una penalización de 50€ por incumplimiento de duración de contrato. En caso de necesitar el vehículo por un periodo superior al pactado inicialmente, el Cliente deberá renovar el contrato señalando el nuevo periodo de alquiler u obtener una autorización expresa y por escrito del Arrendador. Si el cliente decidiera finalizar el alquiler antes de la fecha señalada en el contrato, no tendrá derecho a la devolución del importe correspondiente al tiempo no disfrutado.

3. UTILIZACIÓN DEL VEHICULO

El cliente se compromete a conservar y mantener el vehículo en buen estado y a conducirlo cumpliendo las normas del Código de Circulación así como lo dispuesto en este contrato. Cualquier negligencia por no respetar las señalizaciones viales tendrá como efecto la no aplicación de las coberturas en cuanto a los daños propios del vehículo arrendado. Queda expresamente prohibido: Conducir el vehículo bajo los efectos de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes o cualquier otra sustancia que altere o disminuya las capacidades de conducción. Asimismo, se prohíbe conducir en estado de fatiga o enfermedad que mermen las facultades. Utilizar el vehículo con fines ilegales. Ceder o permitir la conducción del vehículo a cualquier persona no autorizada en el contrato o a quien haya facilitado datos personales falsos. Exceder el número de pasajeros o peso conforme a homologación del vehículo o transportar animales. Para empujar o remolcar cualquier vehículo. Para participar en pruebas deportivas o de resistencia de materiales de cualquier índole o para enseñar a conducir. Salir de territorio peninsular nacional con la única salvedad de Gibraltar.

4. DEVOLUCION DEL VEHICULO

El cliente adquiere al compromiso de devolver el vehículo en la sucursal y en fecha y hora estipuladas en el contrato de alquiler. Si el cliente deseara extender el alquiler, está obligado a presentarse en la oficina principal, obtener autorización plasmada en el contrato y la correspondiente firma de la prórroga así como al abono de las cantidades pertinentes. Si el contrato no se pudiera prorrogar por falta de vehículos o por cualquier otra causa, el cliente deberá devolver el coche en el lugar, fecha y hora inicialmente acordadas. En el caso en que el Cliente devolviera el coche en fecha, hora o lugar distintos a los pactados, se cobrará al Cliente la tarifa correspondiente sin descuentos ni promociones incrementada en un 100% con un mínimo de 50€ de penalización. Si el Cliente devolviera o abandonara el coche en localización no autorizada expresamente en contrato, el Arrendador podrá exigir el pago de todos los gastos ocasionados por la recuperación y traslado del vehículo a la oficina principal más la tarifa correspondiente detallada en párrafo anterior. El vehículo deberá presentar el mismo estado de limpieza y conservación en que se le entregó, junto con todos sus documentos (originales o copias), equipamiento auxiliar, neumáticos, herramientas y accesorios. Queda prohibida cualquier alteración técnica o de aspecto tanto en el interior como en el exterior.

5. PAGOS

El cliente se compromete expresamente a pagar a MIRABRAS, S.L. al inicio del alquiler el cargo por la disposición del coche durante el tiempo pactado en contrato y según la tarifa vigente en cada momento en función de la temporada; impuestos que graven los cargos de arrendamiento; coberturas, servicios de entrega y/o devolución en aeropuertos, estación de tren, hoteles o cualquier otro servicio añadido relacionado con el alquiler. El importe por combustible consumido se facturará, si procediera, a la finalización del alquiler (punto 6). En caso de cantidades pendientes de abono al término del alquiler, el cliente autoriza a MIRABRAS, S.L. a realizar los cargos que procedan con posterioridad a la devolución del vehículo y en el plazo de un mes, con cargo a la tarjeta bancaria facilitada a tal fin y detallada en el contrato de alquiler. El arrendador se reserva el derecho a facturar la cantidad estipulada por los siguientes conceptos tras la devolución del coche: Gastos de limpieza y desinfección. El cliente debe devolver el vehículo razonablemente limpio. La limpieza de las tapicerías por manchas ocasionadas o por pelo de mascotas podrá incurrir en un cargo extra entre 50€-150€. Multas, gastos judiciales y extrajudiciales derivados de infracciones de tráfico, de aparcamiento o de cualquier otra clase durante el periodo de vigencia del contrato o en caso de apropiación indebida, hasta que el vehículo esté de nuevo en posesión de su legítimo propietario. Pérdida o deterioro de cualquier elemento del vehículo tales como llaves, neumáticos y llantas, embrague, herramientas y accesorios. Repostaje erróneo de combustible. El cliente deberá asumir todos los gastos ocasionados, desde el remolcaje hasta la puesta en funcionamiento del coche. Reparación de daños al vehículo en caso de accidente cuando el coche no haya sido utilizado en base a las condiciones establecidas; el parte de accidente no haya sido cumplimentado, firmado por ambas partes y remitido en el plazo de 48 horas al arrendador o bien que no se ajuste a la realidad de los hechos. Lucro cesante y paralización del vehículo por estancia en taller por reparación acreditados por factura del proveedor de los servicios, cuando los daños al vehículo se produzcan por uso indebido del vehículo (punto 9). El arrendatario dejará a la firma de contrato una cantidad en pago para responder y hacer frente a posibles cargos derivados de las obligaciones asumidas.

6. COMBUSTIBLE

MIRABRAS, S.L. no realizará ningún cargo por anticipado en concepto de combustible. El arrendatario puede devolver el tanque con el mismo nivel en que le fue entregado, quedando este detallado en el contrato y expresado en tanto por ciento o fracción. El arrendador cobrará la diferencia de combustible, si la hubiera de menos, al término del alquiler según precio de mercado. El cliente queda enterado y conforme en que no percibirá importe alguno por excedentes (diferencia de más) de combustible.

7. COBERTURAS FRENTE A DAÑOS O ROBO DEL VEHICULO

MIRABRAS, S.L. ofrece al cliente incluido en sus tarifas una cobertura parcial frente a posibles daños ocasionados al vehículo por colisión (CDW) y dos modalidades opcionales de protección extra: cobertura total sin franquicia por colisión (EDW) y exención parcial frente a robo y actos de vandalismo (THW). CDW (Collisión Damage Protection): El CDW es un servicio prestado directamente por MIRABRAS, S.L. que exime parcialmente al arrendatario (salvo el importe de la franquicia), mediante su contratación, de la responsabilidad económica, únicamente por los daños causados al vehículo con motivo de una colisión con otros vehículos u objetos fijos o móviles, excluyendo los causados por actos de vandalismo. El importe de la franquicia está establecido en la Tarifa General Vigente, o en la tarifa contratada, y debe aparecer reflejada en el Contrato de Alquiler. EDW (Full Damage Protection): Exención total del pago de la franquicia a cargo del arrendatario no cubierta por el CDW. El EDW es un servicio opcional prestado directamente por MIRABRAS, S.L. y ofertado específicamente por éste, únicamente para determinados grupos de clientes y/o vehículos, con el que, mediante su contratación, exime totalmente al arrendatario del pago de la cantidad mínima a su cargo (franquicia) no cubierta por el CDW. THW (Theft Protection): exención parcial (salvo el importe de la franquicia) de responsabilidad en caso de robo total o parcial del vehículo, y daños causados al mismo por actos de vandalismo durante su estacionamiento cuando no sea utilizado por el arrendatario. Será requisito indispensable para que se hagan efectivas las exenciones que se cumplan las siguientes condiciones:

  1. Que el cliente informe a MIRABRAS, S.L. en el plazo máximo de 24 horas, aportando parte debidamente cumplimentado de accidente y firmado por las partes, datos de testigos, denuncia ante las autoridades, etc. y sin que falten datos esenciales del vehículo contrario, matrícula, modelo, número de póliza y compañía aseguradora, datos del conductor, nombre completo y número y nacionalidad del permiso de conducción.
  2. Que la compañía aseguradora no rechace el siniestro por considerar que el conductor no cumplía las condiciones físicas o psíquicas exigidas por el Código de Circulación con mención expresa a conducir bajo los efectos de alcohol, drogas o estupefacientes.
  3. Que el incidente no ocurriera durante el transcurso de un uso indebido del vehículo. (punto 8)
  4. Que no abandone el vehículo o tome las medidas adecuadas para protegerlo hasta su retirada por la grúa designada por MIRABRAS S.L. El teléfono de asistencia donde el cliente debe dirigirse aparecerá en el contrato de alquiler.

Son asimismo obligaciones del cliente:

Informar a las autoridades en caso de disputa con la parte contraria o en caso de haber heridos. Asimismo, se requiere atestado policial en caso de daños importantes al vehículo y sobre todo que afecten a la parte frontal.

En caso de incendio, acto vandálico, robo o desaparición del vehículo, notificar de inmediato a MIRABRAS, S.L. y a presentar denuncia ante las autoridades pertinentes.

8. USO INDEBIDO DEL VEHÍCULO

El cliente está obligado a hacer un uso correcto del vehículo y a procurar su buen estado, incluyendo la revisión de los niveles de aceite y agua y presión de neumáticos, si fuera necesario, y respetando leyes y normativas vigentes. Se considerará uso indebido del vehículo, respondiendo el cliente de forma directa de todos los daños al vehículo y a terceros: Conducir el vehículo bajo la influencia de alcohol, estupefacientes o cualquier tipo de sustancia que produzca estados de disminución de la capacidad de conducción, así como bajo estado de fatiga o enfermedad. Conducción temeraria y/o contraria a las normas de tráfico. Utilizar el vehículo con fines ilegales. Permitir la conducción por cualquier persona no autorizada en contrato por MIRABRAS, S.L. Uso del vehículo una vez expirado el periodo de alquiler. Exceder el número de pasajeros especificado por el fabricante del vehículo o permitidos por las leyes. Transportar animales. Uso del coche para mover, empujar o remolcar otros vehículos, remolques u objetos. Circular por caminos de grava o en estado deficiente o no asfaltados que pudieran causar desperfectos en los bajos del coche y/o neumáticos. Circular por lugares no aptos para turismos, tales como playas, pistas forestales, circuitos de carreras, caminos vecinales, zonas restringidas de recintos portuarios o aeroportuarios, etc. Participar con el vehículo en competiciones o pruebas de resistencia de vehículos o materiales. Repostar combustible distinto al que corresponde. No tener el vehículo debidamente estacionado y cerrado cuando no se utilice. Dejar objetos a la vista dentro del vehículo. Ensuciar el coche más allá de lo que implica un uso cuidadoso y razonable. Utilizar el vehículo para carga y transporte de mercancías de ningún tipo ni uso de baca sobre el techo. Manipular el cuentakilómetros del vehículo. Sacar el vehículo fuera de territorio nacional. Su transporte a bordo de cualquier embarcación, camión, trailer o avión sin consentimiento expreso de MIRABRAS, S.L. Utilizar el vehículo para transporte público de pasajeros, para impartir clases de conducción, para servicios de mensajería o reparto de mercancías. Subarriendo del vehículo. No está permitido fumar en el interior nuestros vehículos. Su incumplimiento llevará aparejado un cargo de 50€ más los gastos de desodorización, limpieza o reparación/sustitución de elementos quemados.

9. PERMISO DE CONDUCIR

El cliente, así como los conductores adicionales autorizados, deben estar en posesión de un permiso de conducir vigente y homologado en España, y contar con una antigüedad mínima de tres años. Todos los conductores adicionales autorizados en el contrato serán responsables solidarios de todas las obligaciones del cliente que nacen del contrato.

11. FIANZA

MIRABRAS, S.L. se reserva el derecho a tomar una fianza de entre 500€ y 1.000€ que serán cargados a una tarjeta de crédito a nombre del arrendatario o de alguno de los conductores adicionales. Esta fianza quedará en poder del arrendador en caso de daños al vehículo durante el tiempo que se demore su peritación y cuantificación, así como resolución y aceptación de la responsabilidad sobre los daños ocasionados en caso de parte de accidente por la compañía aseguradora contraria. En todos los demás casos, MIRABRAS, S.L. se compromete a su devolución en el plazo máximo de 5 días.

12. SILLAS DE RETENCION INFANTIL

El cliente es responsable del uso correcto y anclaje de los dispositivos de retención infantil proporcionados por MIRABRAS, S.L. EL arrendador queda libre de toda posible responsabilidad derivada de daños personales o materiales que se pudieran producir como consecuencia del uso, omisión de uso e instalación del dispositivo de retención infantil. DERECHO DE CANCELACIÓN MIRABRAS, S.L. se reserva el derecho de resolver anticipadamente el contrato de alquiler, con carácter inmediato y sin ninguna indemnización al respecto ni devolución de cantidades abonadas en caso de uso indebido del vehículo (punto 9).

13. OBJETOS PERSONALES

MIRABRAS, S.L. no se hace responsable de los objetos robados, olvidados o perdidos en el interior del vehículo.

14. LEGISLACIÓN

Para la resolución de cuantas cuestiones o controversias pudieran derivarse de este contrato, MIRABRAS, S.L. NO SE SOMETE a la competencia de las Juntas Arbitrales de Transporte de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38.1 de la Ley 16/1987 de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres. El presente contrato se regirá y será interpretado de acuerdo a las leyes españolas. En caso de discrepancia o pleito entre las partes, éstas acuerdan someterse al fuero de los Tribunales de Málaga con renuncia expresa a cualquier otro. El cliente podrá presentar cualquier queja o reclamación en la siguiente dirección: Avda. Luis Braille, 22, San Pedro Alcántara, 29670 Marbella, (Málaga). Las traducciones de estas condiciones generales son meramente informativas y no tienen carácter jurídico vinculante en todo el detalle de su redacción, teniendo validez únicamente su versión en español.

15.PROTECCIÓN DE DATOS

Responsable: MIRABRAS, S.L., Avda. Luis Braille, nº 22, San Pedro Alcántara, 29670 Marbella, Málaga. Teléfono: 952780408. E-mail: rual@rualrentacar.com. La finalidad de la gestión de los datos de los clientes es para tareas administrativas, de facturación y contabilidad. No se realizan transferencias internacionales de sus datos ni se ceden a terceros. Tratamos sus datos en virtud de su consentimiento, así como la ejecución de relaciones contractuales, para el cumplimiento de una obligación legal y por interés legítimo. Puede acceder, rectificar y suprimir los datos, además del resto de derechos reconocidos en la normativa, puede ejercerlos tanto en la dirección postal como por e-mail arriba mencionados. Puede presentar una reclamación a la A.E.P.D. mediante la sede electrónica de la Autoridad o por medios no electrónicos, en el caso que entienda vulnerados sus derechos. Tiene más información sobre nuestra política de privacidad en nuestra web: www.rualrentacar.com

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